La indispensable reforma política (I)

Cosme Beccar Varela
LBM #83
29/1/2001


INTRODUCCION

Los dos partidos dominantes y sus acólitos varios, han bloqueado sistemáticamente la "reforma política" que todos consideran indispensable. Hasta los diarios del "establishment" la piden (ver, por ejemplo, "La Nación" del 26/1/2001, artículo de Angel Anaya).

    Está convicción se ha reforzado luego de la "sensación" (por analogía con la famosa "sensación térmica") de corrupción desvergonzada que quedó instalada en la población luego de la década infame menemista; del escándalo en el Senado por el pago de coimas por parte de algún funcionario del Poder Ejecutivo para obtener la sanción de la reforma laboral y de saberse el inmenso costo que representa para el país (u$s20.000.000.000 por año) mantener nada más que a los integrantes de los poderes legislativos nacional y provinciales.

    Se ignora lo que nos cuestan los grandes funcionarios de los Poderes Ejecutivos. Esta cifra, probablemente mayor, además de los sueldos, tiene componentes ocultos, tales como los gastos reservados, el costo de los diversos placeres y comodidades con que se regalan esos importantes señores (residencias, autos, viajes, personal de servicio, etc.), para no hablar de las malversaciones de fondos y recursos, más las cohechos o coimas que algunos de ellos cobran para realizar o no realizar alguno de los actos administrativos de su jurisdicción. Estos datos son celosamente guardados, con apretado espíritu de cuerpo, por los interesados y sus colegas, y permanecen ocultos e impenetrables para el vulgo.

    Por lo tanto, ni siquiera los beneficiarios del sistema actual pueden negarse a la reforma política, pero la postergan indefinidamente y si perciben que no pueden ya postergarla, es muy probable que hagan una "pseudo-reforma" cambiando algo para que nada cambie.

    Por lo pronto, el Ministro del Interior Storani, dá por sentado que lo único que que hay que cambiar es el régimen de financiamiento de los partidos. Esto es lo que menos les importa a los usufructuarios del actual sistema, porque además del aporte del Estado por cada voto obtenido en la última elección, tienen una "caja negra" en la que ingresan parte de los recursos obtenidos por los legisladores y funcionarios en el ejercicio de sus funciones, más las donaciones por debajo de la mesa que efectúan los empresarios que reciben o esperan recibir diversos favores del poder.

    El asunto es otro: hay que acabar con el monopolio de los partidos dominantes y de sus acólitos, que sistemáticamente hacen elegir a un conjunto de ineptos o, peor, de deshonestos, siendo ésta la fuente incesante de todas las corrupciones y dilapidaciones del Tesoro nacional.

    Hasta el artículo citado de "La Nación" lo reconoce: "Esta reticencia pertinaz (a la reforma) de la mayoría de los representantes ha dado motivos de suspicacia acerca de una deliberada omisión de la corporación política. Especialmente de los grandes partidos, comprometidos en un sistema de clientelismo en el que se retribuyen favores con cargos y comportamientos determinados de los poderes públicos."

    Creo que es indispensable dictar una ley que rija la actividad política y que torne operativo uno de los artículos más importantes de la Constitución Nacional, el 16, que exige idoneidad para ocupar cualquier cargo público. Nunca se aplicó... y así andamos.

    En vez de explicar lo que creo que es necesario cambiar para mejorar la calidad de los gobernantes, creo que es más práctico esbozar un proyecto de ley, no apenas electoral, sino que abarque toda la actividad política, incluyendo la designación de funcionarios del Poder Ejecutivo.

    El proyecto es apenas un esbozo, lo más completo que pude imaginar y escribir a solas. Sin embargo, en un asunto tan vasto es muy probable que haya incurrido en omisiones o que no se me hayan ocurrido soluciones mejores para el mismo problema. Por eso invito a los lectores a enviar sus sugerencias, críticas y observaciones.

    Dedicaré tres números seguidos de "La botella al mar" a este proyecto.



PROYECTO DE LEY POLITICA

CAPÍTULO I

De la idoneidad de los candidatos

ART. 1ro.

    Esta ley regirá en todo lo relacionado con la elección de legisladores y electores y con la designación de jueces y funcionarios políticos del Poder Ejecutivo. Cada uno de estos cargos se denominará en esta ley como "cargo político". Esta ley es de orden público. Toda elección o designación que ignore o viole esta ley, será nula de nulidad absoluta e insanable, sin perjuicio de las sanciones que se establecen para los responsables.

ART. 2do.

    Toda persona que se presente como candidata a un cargo político deberá poseer las siguientes calidades:

    a) Idoneidad.

    b) Carecer de condenas penales por delitos infamantes.

    c) Ser argentina nativa o por opción. Los argentinos naturalizados 10 años antes, serán admisibles a los cargos políticos, salvo para los cargos de Presidente, Vicepresidente, ministros, senadores o diputados.

ART. 3ro.

    Se entenderá por "idoneidad" la posesión habitual de las cualidades morales e intelectuales requeridas para el cargo político de que se trate.

    Se presumirá que toda persona tiene las cualidades morales requeridas, salvo que el Tribunal compruebe lo contrario ya sea de oficio o por oposición fundada presentada por cualquier ciudadano basada en hechos concretos y comprobables de la conducta pública del candidato.

    La comprobación de los hechos atinentes o denunciados será efectuada por el Tribunal de Idoneidad creado por esta ley. El oponente podrá instar el procedimiento, sin costas.   

    No se admitirán denuncias anónimas ni sobre actos de la vida privada. Los criterios morales para juzgar de la idoneidad moral serán aquellos que sea público y notorio al Tribunal de Idoneidad que son tradicionalmente compartidos por la generalidad de la población argentina.

ART. 4to.

    Se entenderá por "idoneidad intelectual" la posesión de los conocimientos y la capacidad de análisis y decisión necesaria para desempeñar el cargo político de que se trate.

    Se presumirá que que todo candidato posee idoneidad para un cargo político referido a asuntos de tipo técnico o profesional, cuando sea graduado universitario en esas materias.

    Para los cargos políticos no técnicos, se presumirá la idoneidad si el candidato es abogado, licenciado en Historia, en ciencias políticas, en diplomacia o en alguna otra carrera universitaria humanística.

    Todo candidato podrá demostrar su idoneidad aunque no se beneficie con las presunciones antedichas.

    En caso de que el Tribunal lo considere necesario o exista oposición fundada de cualquier ciudadano, basada en hechos concretos, el Tribunal de Idoneidad abrirá una investigación en la misma forma prevista en el artículo anterior.

    No se admitirán objeciones basadas en la ideología del candidato, excepto si ésta fuera inequívocamente contraria a las garantías individuales amparadas por la Constitución Nacional.

Nota: Continúa en "La botella al mar" Nro.: 84

Lo más leído...

Característica carta de rechazo a "La Botella al Mar" y contestación en defensa de ésta

El odio mal disimulado al catolicismo aparee en la prensa llamada "libre"

Teatro en el Senado como en el teatro: todos fingen y el país se hunde